Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (III)
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
El depositario de la soberanía
El Presidente de la República ha tenido la iniciativa de
convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, de conformidad con el
artículo 348 de la Constitución. No obstante, la misma no puede estar
por encima del poder originario del pueblo quien
es el depositario de la soberanía (art. 347).
La noción de pueblo
La noción de pueblo no puede seguir siendo una entelequia.
En consecuencia, las condiciones democráticas para su participación
protagónica, en el supuesto en que la convocatoria a la constituyente se
haga efectiva, deben estar garantizadas. Es
esto posible en un país polarizado?
Constitución e instituciones.
En Venezuela uno de los graves problemas que hemos padecido
en 17 años de Constitución ha sido el de la ausencia de instituciones
para la puesta en práctica de derechos reconocidos.
En efecto, los tiempos constitucionales no han transitado a
la par de las instituciones y mucho menos de la política. En
consecuencia, el problema en el país no ha sido de derechos sino
fundamentalmente institucional.
Cualquier Asamblea Nacional Constituyente que no adecue los
tiempos normativos a los políticos e institucionales estaría condenada
al fracaso.
Los actores de la constituyente
El gobierno nacional ha movido las fichas en el tablero. Ha
tomado por sorpresa a la oposición pues prácticamente sus propuestas se
subsumen en una constituyente. En efecto, elecciones generales y cambio
de los poderes constituidos entre otros,
en principio quedarían disipados en una propuesta constituyentista. La
pregunta es quiénes y cómo se participa en una iniciativa de esta
magnitud en el contexto de un pais polarizado.
Asamblea Nacional Constituyente versus Reforma Constitucional
Hasta ahora todo indica que la constituyente sería
convocada para reformar la actual Constitución. De ser así hay una
contradicción de procedimiento y contenido entre Reforma Constitucional y
Asamblea Nacional Constituyente.
Todos los temas propuestos por el Presidente de la
República (constituyente para la paz; nuevo sistema económico post
petrolero; estado de bienestar social; sistema de justicia y protección
del pueblo; nuevas formas de democracia participativa
y protagónica; política exterior; identidad cultural; garantía de
futuro y preservación de la vida) no ameritan de ninguna de las
anteriores. Perfectamente estos aspectos podían ser objeto de políticas
públicas para la materialización de principios y derechos
reconocidos en la actual Constitución.
Constituyente y derechos
Ha sido Bartolomé Clavero quien ha señalado que "todos los
poderes, inclusive el constituyente, han de ser funcionales a los
derechos, no solo a su garantía, sino también a su promoción. Han de
estar en suma a su servicio".
Siendo así, una Asamblea Nacional Constituyente debería
afincarse en un "constitucionalismo como sistema de derechos y no de
poderes". Esta preparado el país para esto? Lo admite y permite la
polarización existente?
Mayo, 3, 2017
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