A
mayor extractivismo mayor resistencia
(otro
12 de octubre sin nada que celebrar)
Vladimir
Aguilar Castro
Universidad
de Los Andes
Grupo
de Trabajo sobre Asuntos Indígenas (GTAI)
La
vigencia de los derechos indígenas en Venezuela
Fue
con la aprobación de la Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela (CRBV), en el año 2000, en que se haría el
reconocimiento más importante al catálogo de derechos indígenas en
la historia de los contratos sociales desde la colonia.
Los
derechos fundamentales indígenas contenidos en la carta magna
vendrían a complementarse con la aprobación por parte de la
República del Convenio 169 de la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) en el año 2001, con la Declaración de Derechos
Indígenas de las Naciones Unidas (2007), con la Declaración
Americana de Derechos Indígenas (2016), y con la Ley de Pueblos y
Comunidades Indígenas (LOPCI), entre otras.
Desde
entonces se abriría una oportunidad jurídica valiosa para avanzar
en derechos sustantivos como el territorio, consulta previa, libre
determinación, participación política, propiedad intelectual
colectiva, medicina tradicional, economía y derecho propio entre
otros, todo ello para fortalecer y desarrollar las propias formas de
vida de los pueblos indígenas de Venezuela.
El
derecho a la identidad cultural como uno de los derechos indígenas
más importantes reconocidos en la jurisprudencia internacional,
tanto de la Comisión como de la Corte Interamericana de Derechos
Humanos del sistema regional de protección de los derechos humanos,
vendría a constituir uno de los ejes transversales de los derechos
emergentes.
En
este sentido, la Comisión Interamericana de los Derechos Humanos
(CIDH) en su más reciente informe intitulado, “Pueblos
indígenas y Tribales de la Panamazonía”
(2019), señala que “(…)
con relación al derecho
a la identidad cultural y espiritual
de los pueblos indígenas, la Corte IDH ha señalado que “es un
derecho fundamental y de naturaleza colectiva de las comunidades
indígenas, que debe ser respetado en una sociedad multicultural,
pluralista y democrática. (…) Asimismo, de conformidad con lo
expresado por la CIDH, este derecho tiene vinculación directa con su
derecho a la posesión de las tierras ancestrales, dado que la
cultura es una forma de vida intrínsecamente vinculada al territorio
propio (…)” (subrayado
propio).
Por
otra parte, el derecho a la vida como derecho consustancial al resto
de derechos salvaguardados en la constitución nacional y ampliados
en los instrumentos jurídicos internacionales y regionales,
favorecerían la implementación de políticas públicas
interculturales en los hábitats ancestrales y tradicionales de los
pueblos y comunidades indígenas del país.
Contextos
políticos y limites a los derechos indígenas
Sin
embargo, no todo lo que brilla es oro. La carta magna de derechos
nuevos no sería acompañada ni de instituciones y mucho menos de
políticas públicas indígenas. Lo que se vino en Venezuela, luego
del experimento constituyentista de 1999, fue la mayor cooptación
ideológica de las reivindicaciones indígenas en el país.
Hasta
el día de hoy, la participación política constituye la principal
demanda indígena en medio de una diatriba polarizada y polarizante
que caracterizaría el ejercicio de la política nacional, a la cual
los indígenas y sus organizaciones no pudieron escapar.
Poco
a poco la organización y unidad del movimiento indígena venezolano
se iría fracturando, dando paso a la militancia política por encima
de la militancia histórica y reivindicativa indígena. Las
comunidades indígenas serian llevadas a un alineamiento con la
política oficial del momento y la estrategia opositora cabalgaría
sobre similares fundamentos.
El
quiebre de la representación parlamentaria amazónica indígena en
el año 2015 vendría a ser la estocada final a un movimiento
indígena a la deriva, luego de la constituyente de 1999 y, sobre
todo, después de la oficialización de lo indígena con la creación
del Ministerio Indígena en el año 2005.
Desde
entonces, la diatriba sería participación política versus
discriminación racial. Los indígenas se verían envueltos en una
vorágine ideológica ajena a sus formas propias de resolver sus
asuntos. Todo pasaba ahora por el manto sagrado del Estado benefactor
o de sus opositores.
La
demarcación ausente de los territorios indígenas, tal como lo
exigía el artículo 119 de la CRBV, hacía que el extractivismo a
través de los proyectos hidrocarburíferos en la plataforma Deltana,
carbonífero en el Estado Zulia o de la minería ilegal al sur del
Orinoco, avanzaran sin mayores obstáculos.
Los
tiempos de la cooptación política eran acordes con los tiempos
extractivos de la economía. La profundización extractivista
cabalgaría así sobre los derechos indígenas y ambientales.
En
Venezuela lo cultural ha estado determinado por un proceso de
homogenización de la realidad social, reduciendo las
reivindicaciones indígenas a un ideario ideológico que en lo
fundamental históricamente nada tiene que ver con la lucha de los
pueblos indígenas en el país. En cuanto a lo territorial, el
impacto sobre las tierras indígenas ha estado determinado por el
extractivismo fósil y más recientemente minero, que ha
caracterizado el modelo de acumulación de los últimos cien años,
alcanzando su máxima expresión en los últimos veinte años.
Onegismo,
cooperación internacional y falsos profetas en tiempos de pandemia
Un
aspecto importante de resaltar en estos últimos tiempos, es la
profundización de la presencia evangélica en las comunidades
indígenas y de la cooperación internacional con una marcada
connotación polarizada. En efecto, el creciente interés de algunas
organizaciones no gubernamentales y ciertos organismos
internacionales en la supuesta defensa de los derechos indígenas, en
nada apunta al fortalecimiento de sus usos y costumbres y al
empoderamiento como mecanismo de resistencia de sus propias formas de
organización social, política, cultural y económica, sino a la
cooptación ideológica por otros medios.
Pareciera
que se trata de sacar a las comunidades y organizaciones del eje de
influencia del Estado y su partido, para ahora ser arropadas por la
religión y el onegismo. Estas nuevas estrategias de aculturación
siguen poniendo en peligro a sus instituciones ancestrales y
tradicionales, reproduciendo las pretensiones del poder constituido
de secuestrar sus luchas y demandas históricas.
Los
mártires indígenas y la continuidad de la resistencia
A
veinte años de contrato social, lo único que le queda a los pueblos
y comunidades indígenas del país es la tradición de lucha que los
llevó a presionar para que, la voluntad política del momento,
incorporara el conjunto de derechos indígenas vigentes hasta hoy en
día en la CRBV. Más que alianzas políticas, la continuidad de las
conquistas indígenas se hacen y desarrollan solo a través de la
organización indígena y del fortalecimiento de sus comunidades.
A
un poco más de treinta años de creación del Consejo Indio de
Venezuela (CONIVE) el cual nacería desde las regiones, hoy urge su
replanteo desde allí, inspirándose en las bases del movimiento
indígena venezolano que desde lo local resiste al extractivismo.
Para que el CONIVE esté a tono con las demandas que la situación
política impone para los próximos tiempos, se requiere de un
compromiso de lucha “desde abajo”, sin padrinazgos de partidos
políticos y mucho menos de ministerios ni de ninguna estructura del
Estado.
La
autonomía del movimiento indígena avanza y se profundiza al calor
de las exigencias por la materialización de los derechos indígenas.
Como en el pasado, ello no es ninguna concesión graciosa de quien
ejerce el poder de turno.
Una
conclusión necesaria: la moratoria extractiva al sur del Orinoco
El
mayor proyecto extractivo de destrucción cultural y biológica sin
precedentes en la historia del país se llama el Arco Minero del
Orinoco (AMO). Al día de hoy, los impactos culturales y daños
ambientales son prácticamente incalculables e irreversibles.
Al
sur del Orinoco se viene dando una dinámica extremadamente perversa
de res nulización (res
nullius)
del territorio nacional, así como de quiebre de las organizaciones
indígenas de base derivado del extractivismo minero. Tendencialmente
es lo que le puede ocurrir a los pueblos indígenas del país de
continuar el Estado venezolano en esta apuesta perversa de continuar
explotando ilimitada e irracionalmente los territorios ricos en
diversidad cultural y biológica.
Lo
único que puede ponerle un freno a semejante atrocidad, es una
moratoria al sur del Orinoco de todos los proyectos extractivos que
están destruyendo cultural y ambientalmente los hábitats naturales
y ancestrales de los pueblos y comunidades indígenas de la región.
No son ni nuevas leyes de minas que pretenden ordenar el saqueo, ni
leyes anti bloqueos que abran la continuidad del ecocidio y genocidio
cultural silencioso a nuevas concesiones.
En
virtud de la compleja crisis humanitaria actual venezolana la cual,
además de histórica y estructural es cultural, ecológica y
civilizatoria, el país debe escalar hacia nuevos modos y formas de
organización económica sustentables.
La
trascendencia del perverso modelo energético con 190 años de
existencia a escala planetaria y con unos 140 años en el país, debe
ser inmediatamente superado y puesto al servicio de emergentes
experiencias sociales, políticas, económicas y culturales. La
acumulación extractivista debe dar paso a la construcción
alternativa de modos de producción que tengan como objetivo
primordial la preservación de las fuentes de vida (oxígeno, agua y
bosques).
Si
los tiempos de la especie son humanos deben ser acompasados con los
de la Naturaleza. Al ser la Tierra anterior a la especie humana esta
última no tiene derecho a imponer su extinción en nombre propio.
Hoy son tiempos también de deberes…
Mérida,
12 de octubre 2020