Venezuela “pobre país rico”:
Tan cerca de la riqueza y secuestrado por la pobreza
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Venezuela vive una de las crisis estructurales más complejas de toda su historia. No obstante, es el país en el que sus funcionarios de gobierno pueden sacar a sus hijos y familiares al exterior a estudiar, y en el que grandes contingentes de venezolanos salen a trabajar fuera derivado de un modo de vida insostenible adentro. También es el lugar en el que rápidamente se puede hacer fortuna porque el petróleo rentista y extractivista todo lo puede y permite.
A Venezuela, a pesar de su crisis estructural, le entra diariamente un promedio de cuarenta dólares por barril de una producción total de unos dos millones y medio de barriles diarios (cifras conservadoras). Si hacemos número la nación venezolana es un pobre país rico.
Como consecuencia de lo anterior, estamos secuestrados por la pobreza no solo social sino fundamentalmente cultural. Es parte de las desafecciones que nos caracterizan como sociedad. Nunca antes habíamos sucumbido tanto en nuestra miseria porque tampoco habíamos estado tan cerca de nuestra pérdida de condición humana.
Las apuestas fratricidas sobre todo muestran además de las propias falencias emocionales, la regresiva política de un disfuncionamiento de la democracia.
Si bien hoy en día ninguna sociedad está exenta de derivas, la venezolana se ve arropada de formas atávicas de resolver conflictos propios de épocas que creíamos superadas.
La no contemporaneidad de los cambios junto al primitivo criterio de dirimir diferencias es proporcional a la violencia con la que se reprime y se responde,
y se destruye la cosa pública. A pesar de ello, la violencia política está lejos de alcanzar la violencia social doméstica. De esta última tenemos más víctimas en el país que de atentados terroristas en el resto del mundo.
¿Qué nos pasó? ¿En dónde nos extraviamos?
Todo lo que acontece políticamente en este lugar del mundo ha estado subyacente en el imaginario del nosotros nación.
Mayo, 18, 2017
Libros del Dr. Vladimir Aguilar Castro
jueves, 18 de mayo de 2017
miércoles, 10 de mayo de 2017
Constituyente y bloque de poder. Vladimir Aguilar
Constituyente y bloque de poder
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Podrá conllevar la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente a un quiebre del oficialismo? Significará este llamado el "principio del fin" del bloque de poder?
La Asamblea Nacional Constituyente más que un problema para los inmensos sectores opositores al gobierno, constituye un desafío para el propio oficialismo. Estarán dispuestas las bases del chavismo a permitir esta afrenta en contra del legado constituyente?
Es parte de lo que se abre como acontecimiento en el país. La Asamblea Nacional Constituyente en los términos propuestos es inviable, no solo desde el punto de vista constitucional, sino fundamentalmente popular.
El bloque de poder carece de legitimidad incluso en sus bases para tal pretensión. Resulta inexplicable para los seguidores de Chávez entender cómo después de acordar que la constitución de 1999, siendo una de las mejores del continente, sea despachada de un plumazo mediante la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para su derogatoria.
Qué es lo que está en juego con este llamado?
Se trata de una convocatoria para buscar la paz en el país o para disipar las contradicciones internas del oficialismo?
Una vez más el tiempo político lo determinará.
Mayo, 10, 2017
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Podrá conllevar la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente a un quiebre del oficialismo? Significará este llamado el "principio del fin" del bloque de poder?
La Asamblea Nacional Constituyente más que un problema para los inmensos sectores opositores al gobierno, constituye un desafío para el propio oficialismo. Estarán dispuestas las bases del chavismo a permitir esta afrenta en contra del legado constituyente?
Es parte de lo que se abre como acontecimiento en el país. La Asamblea Nacional Constituyente en los términos propuestos es inviable, no solo desde el punto de vista constitucional, sino fundamentalmente popular.
El bloque de poder carece de legitimidad incluso en sus bases para tal pretensión. Resulta inexplicable para los seguidores de Chávez entender cómo después de acordar que la constitución de 1999, siendo una de las mejores del continente, sea despachada de un plumazo mediante la convocatoria a una Asamblea Nacional Constituyente para su derogatoria.
Qué es lo que está en juego con este llamado?
Se trata de una convocatoria para buscar la paz en el país o para disipar las contradicciones internas del oficialismo?
Una vez más el tiempo político lo determinará.
Mayo, 10, 2017
martes, 9 de mayo de 2017
El país se nos va de las manos. Vladimir Aguilar
El país se nos va de las manos
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
El país se extravía. Las apuestas violentas se imponen.
La deriva acecha. La República herida intenta sobreponerse sin hallarse a sí misma.
El país se agota. Sucumbe en el extravío.
Se proponen diálogos a la medida de unos. Se plantean salidas al gusto de otros.
La intolerancia se cruza y la mayoría nacional asiste impávida a una marcha lenta hacia la muerte.
Mayo, 9, 2017
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
El país se extravía. Las apuestas violentas se imponen.
La deriva acecha. La República herida intenta sobreponerse sin hallarse a sí misma.
El país se agota. Sucumbe en el extravío.
Se proponen diálogos a la medida de unos. Se plantean salidas al gusto de otros.
La intolerancia se cruza y la mayoría nacional asiste impávida a una marcha lenta hacia la muerte.
Mayo, 9, 2017
viernes, 5 de mayo de 2017
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (IV). Vladimir Aguilar
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (IV)
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Las aristas de una convocatoria
El
artículo 347 de la Constitución de la República Bolivariana de
Venezuela (CRBV) establece las bases para una convocatoria
a una Asamblea Nacional Constituyente. En efecto, el único soberano es
el pueblo en su condición de constituyente originario. El artículo 348
vendría a ser el corolario de lo anterior, en tanto le otorga la
posibilidad de la iniciativa para su llamado, entre
otros, al Presidente de la República.
Aunque
la CRBV le concede más facultades al Presidente que por ejemplo a la
Asamblea Nacional pues exige que para que ella
pueda convocar una constituyente requiere del acuerdo de las dos
terceras partes de sus integrantes, el planteamiento central es si hay
voluntad política para ver en este mecanismo una alternativa para
superar la crisis mas allá de quien la anuncia.
La
inmensa mayoría opositora (que va más allá de la MUD), podría ver en
este llamado una ventana para que todas sus demandas
sean satisfechas mediante una relegitimación de los poderes y
elecciones generales. Implicaría que esa constituyente transformaría el
Estado a través de la creación de un nuevo ordenamiento jurídico. ¿Hay
cultura política en el país para que ello sea posible?
Lo político como fundamento de la cuestión
La
política es el arte de las intermitencias. En consecuencia, lo antes
expuesto aparte de ser un problema jurídico es fundamentalmente
político. Si de verdad el fondo del asunto es trascender el momento en
el que está sumido el país la Asamblea Nacional Constituyente podría la
salida. De hecho, era lo que se proponía en las manifestaciones del año
2014 teniendo el gobierno más margen de maniobra
en ese momento. Si nos vamos a las estadísticas, el oficialismo debería
perder no sólo en el llamado a la aprobación de las bases de la
convocatoria sino en la propia elección de sus constituyentes.
Si
bien el inmenso descontento actual no se resuelve con cortinas de humo,
aunque la convocatoria pueda ser una excusa para
ello, sería una posibilidad de ver más allá del oscuro instante en el
que nos situamos. ¿Hay cultura democrática en el país para que ello sea
posible?
El quid de la coyuntura política
Tanto
la forma (quien tiene la iniciativa) como el fondo (quien convoca) se
disiparía en la manera como el pueblo (en su
totalidad y no en territorialidades ni sectores) se expresa en los
tiempos subsiguientes que acompañan la convocatoria. Este sería el fondo
de la cuestión. Una vez superado el mecanismo (convoca el pueblo y la
iniciativa la tienen varios actores entre ellos
el Presidente la República y la Asamblea Nacional) vendría a constituir
el quid de la coyuntura política.
Ello
implicaría también que los poderes constituidos, los cuales no podrían
en forma alguna impedir las decisiones de la
Asamblea Nacional Constituyente, se pusieran a la altura de las
circunstancias. Significa que los otros poderes no pueden seguir
respondiendo a un poder ejecutivo en ejercicio que claramente, mediante
la convocatoria a una constituyente, reconoce que está
fenecido.
¿Está
preparado el país para un escenario con estas características? ¿Permite
la polarización ir más allá de las narices
de los polarizados? ¿Podría ser la Asamblea Nacional Constituyente un
espacio de despolarización y no de la concreción de un pacto definitivo
entre los polarizados?
Las condiciones para la construcción democrática
La
democracia la vemos como un proyecto en construcción y no como un fin
en si mismo. En efecto, la democracia es un intervalo
muy corto de forma de gobierno en lo que va de historia de humanidad,
incluso, de historia de país. En consecuencia, constituye un bien a
preservar una vez que se va conquistando.
El
deber ser de una Asamblea Nacional Constituyente es el de permitir
convertirse en la manifestación de un tercer país,
el cual siendo mayoría se expresa en minorías políticas, sociales,
económicas y culturales históricamente excluidas y sin expresión
electoral alguna, que no entran en el marco de la polarización MUD-PSUV.
¿Están dispuestos los confiscadores del proyecto democrático en dejar libres las amarras?
miércoles, 3 de mayo de 2017
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (III). El depositario de la soberania. Vladimir Aguilar
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (III)
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
El depositario de la soberanía
El Presidente de la República ha tenido la iniciativa de
convocar a una Asamblea Nacional Constituyente, de conformidad con el
artículo 348 de la Constitución. No obstante, la misma no puede estar
por encima del poder originario del pueblo quien
es el depositario de la soberanía (art. 347).
La noción de pueblo
La noción de pueblo no puede seguir siendo una entelequia.
En consecuencia, las condiciones democráticas para su participación
protagónica, en el supuesto en que la convocatoria a la constituyente se
haga efectiva, deben estar garantizadas. Es
esto posible en un país polarizado?
Constitución e instituciones.
En Venezuela uno de los graves problemas que hemos padecido
en 17 años de Constitución ha sido el de la ausencia de instituciones
para la puesta en práctica de derechos reconocidos.
En efecto, los tiempos constitucionales no han transitado a
la par de las instituciones y mucho menos de la política. En
consecuencia, el problema en el país no ha sido de derechos sino
fundamentalmente institucional.
Cualquier Asamblea Nacional Constituyente que no adecue los
tiempos normativos a los políticos e institucionales estaría condenada
al fracaso.
Los actores de la constituyente
El gobierno nacional ha movido las fichas en el tablero. Ha
tomado por sorpresa a la oposición pues prácticamente sus propuestas se
subsumen en una constituyente. En efecto, elecciones generales y cambio
de los poderes constituidos entre otros,
en principio quedarían disipados en una propuesta constituyentista. La
pregunta es quiénes y cómo se participa en una iniciativa de esta
magnitud en el contexto de un pais polarizado.
Asamblea Nacional Constituyente versus Reforma Constitucional
Hasta ahora todo indica que la constituyente sería
convocada para reformar la actual Constitución. De ser así hay una
contradicción de procedimiento y contenido entre Reforma Constitucional y
Asamblea Nacional Constituyente.
Todos los temas propuestos por el Presidente de la
República (constituyente para la paz; nuevo sistema económico post
petrolero; estado de bienestar social; sistema de justicia y protección
del pueblo; nuevas formas de democracia participativa
y protagónica; política exterior; identidad cultural; garantía de
futuro y preservación de la vida) no ameritan de ninguna de las
anteriores. Perfectamente estos aspectos podían ser objeto de políticas
públicas para la materialización de principios y derechos
reconocidos en la actual Constitución.
Constituyente y derechos
Ha sido Bartolomé Clavero quien ha señalado que "todos los
poderes, inclusive el constituyente, han de ser funcionales a los
derechos, no solo a su garantía, sino también a su promoción. Han de
estar en suma a su servicio".
Siendo así, una Asamblea Nacional Constituyente debería
afincarse en un "constitucionalismo como sistema de derechos y no de
poderes". Esta preparado el país para esto? Lo admite y permite la
polarización existente?
Mayo, 3, 2017
martes, 2 de mayo de 2017
Asamblea Nacional Constituyente y contrato social diluyente (II). Vladimir Aguilar
Asamblea Nacional Constituyente y contrato social diluyente (II).
Crónica de una Constitución diluyente
La historia constitucional de los últimos 17 años ha sido de ultrajes al contrato social.
La cronología de dichos vejamenes ha estado caracterizada por su sinuosidad, a saber:
I Fase (1999-2002): las fuerzas opositoras la desconocen en
el proceso constituyente. Luego avanzan a una campaña en contra de su
aprobación y finalmente a atentar contra ella.
II Fase (2003-2006): vacatio constitucional.
III Fase (2007): Reforma Constitucional. Ofensiva gubernamental contra la CRBV.
IV Fase (2009): Enmienda Constitucional. Resultados favorables para las partes encontradas.
V Fase (2017): Asamblea Nacional Constituyente. Estocada final?
Todo lo anterior muestra la crónica diluyente de un
contrato social pisoteado desde la polarización de las partes en
conflicto. Es de suponer que escenarios ya vividos volverán por sus
fueros.
Mayo 2, 2017
lunes, 1 de mayo de 2017
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (I). Vladimir Aguilar
Asamblea Nacional Constituyente y Contrato Social Diluyente (I)
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
Vladimir Aguilar Castro
Universidad de Los Andes
"Un acontecimiento de esta índole solo puede concebirse en relación con sus condiciones determinadas de posibilidad".
Daniel Bensaid. Elogio de la política profana (2009).
Daniel Bensaid. Elogio de la política profana (2009).
El Presidente de la República basado en el artículo 347 de
la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV), viene
de convocar a una Asamblea Nacional Constituyente.
Según la CRBV, dicha asamblea se hace "con el objeto de
transformar el Estado, crear un nuevo ordenamiento jurídico y redactar
una nueva Constitución".
Derivado de lo anterior, estaríamos ante la disolución de
la Asamblea Nacional en funciones y del resto de los poderes
constituidos.
Son más las interrogantes que surgen que las respuestas.
Aunque los argumentos jurídicos están en la propia carta magna, de
entrada la propuesta no ayuda a poner fin a la espiral de violencia y
choque de intereses que existe en el país, fundamentalmente porque
implica el desconocimiento de una soberanía popular que fue depositada
en la Asamblea Nacional en ejercicio.
Pero no solo eso. Las bases de la convocatoria a la
Asamblea Nacional Constituyente no pueden descansar en una iniciativa
exclusiva del ejecutivo nacional vía decreto, sino por el contrario,
debe ser resultado del propio poder constituyente. Cómo se garantiza
esto último si hay el desconocimiento de otra parte de la soberanía
popular?
Tampoco es un secreto que en la actualidad no hay
condiciones para la activación del 347 de la CRBV, toda vez que la misma
puede ser igualmente prisionera de la polarización existente. Esta
última no está totalmente disipada y sería una de las principales
amenazas a dicha iniciativa constitucional.
A la par de lo antes expuesto, la nueva Asamblea Nacional
Constituyente tendría por objetivo redactar una nueva Constitución.
Prácticamente estaríamos asistiendo a la derogatoria de un texto
constitucional que ha tenido una historia de altos y bajos, de avances y
retrocesos, de reconocimiento y desconocimiento pero, sobre todo, de
falta de concreción de derechos consagrados.
Con este anuncio, estaríamos asistiendo a la aprobación de
un nuevo contrato social sin haber materializado el anterior, sin estar
totalmente agotado y con solo una parte del poder constituyente y
constituido.
El experimento democrático venezolano ha hecho de la CRBV
una excepción y no una regla. Todo da cuenta de una enorme fractura
entre establecimiento de derechos y su aplicación.
La excepción se presenta así como la "forma legal de lo que no consigue tener forma legal" (Bensaid).
Otros apuntes sobre el tema a tener en cuenta serían:
1. La democracia como proyecto (creación de condiciones
democráticas para la puesta en práctica de iniciativas de esta
naturaleza).
2. El contexto del texto de la norma.
3. Relegitimacion de poderes incluyendo elecciones generales y recorte del período presidencial.
2. El contexto del texto de la norma.
3. Relegitimacion de poderes incluyendo elecciones generales y recorte del período presidencial.
Mayo, 1, 2017
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